“No estoy promoviendo el consumo de drogas, lo que quiero decir al Estado es que basta de hipocresías. Además la ley permite el consumo de ocho gramos de marihuana”,
La propuesta de Sierra se basa en dos aspectos. En primer lugar, que la legislación peruana es “hipócrita” en torno a la tenencia legal de drogas. “Indica las cantidades máximas permisibles de estupefacientes, pero no dice dónde conseguirlas. Esta ley acepta la condición de enfermos a los adictos, pero los obliga a conseguir droga en el mercado negro, con lo cual se alienta la microcomercialización informal y la delincuencia”, dice Sierra.
Cabe advertir que nuestra legislación no penaliza el consumo de droga, sino que la considera una enfermedad, como la ludopatía o el alcoholismo. La ley 28002 (2003) y el Decreto Legislativo 982 (2007) señalan: “No es punible la posesión de droga para el propio e inmediato consumo en cantidad que no exceda de: 5 g de PBC, 2 g de clorhidrato de cocaína, 8 g de marihuana o 2 g de sus derivados, 1 g de látex de opio o 200 mg de sus derivados y 250 mg de éxtasis (y sus derivados: MDA, MDMA, metanfetamina o sustancias análogas)”.
El segundo aspecto que plantea Sierra es el empadronamiento de los drogodependientes para ser tratados en los establecimientos de salud.
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